[Todos] [Docentes] Exactas se pronuncia contra el Canon Digital
Mijael
mjenik en dc.uba.ar
Jue Jul 21 20:02:14 ART 2011
No veo que el Articulo 19 de la constitución tenga algo que ver con todo
esto. Ademas el articulo habla de Dios.
Es necesario financiar a quienes producen información que se copia fácil.
¿Cuándo será el día que el *estado administre* un buen *servidor* de
descargas, o uno P2P?
Que midan exactamente qué autor se consume y cuánto.
Que se reparta el *presupuesto de cultura* teniendo en cuenta estos *datos*.
Seria útil no solo para música y films, si no también para libros, y
software GNU GPL o propietario.
Saludos
2011/7/21 Frente de Estudiantes Movilizados <fem en de.fcen.uba.ar>
> Exactas se pronuncia contra el Canon Digital
> --------------------------------------------
>
> El pasado 11 de julio, la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la
> UBA, se pronunció en contra del “Canon Digital”. El proyecto lo
> presentamos desde el FEM!, mayoría estudiantil en el Consejo Directivo, y
> fue consensuado con otros claustros. En el mismo se le solicita al
> rectorado de la UBA coordinar “la elaboración de una propuesta de nueva
> ley de copyright que contemple las nuevas realidades tecnológicas
> permitiendo la copia y distribución de contenido digital sin perjuicio
> para los usuarios y garantizando el libre acceso al arte y la
> información”.
>
> Actualmente en el Senado hay dos proyectos de ley que contemplan la
> creación de un Canon de este tipo. Los mismos recibieron un importante
> rechazo por parte de la sociedad. Y la Facultad no fue una excepción en
> ese sentido, donde los grupos de usuarios de software libre e integrantes
> de movimientos de cultura libre comenzaron a moverse y hacer propio el
> reclamo de la mayoría.
>
> Más allá de la importancia de defendernos de los ataques contra la libre
> distribución de contenidos, creemos que es necesario avanzar en la
> creación de una nueva ley de copyright, buscando impulsar la libre
> circulación tanto de información en general como del arte. De esta forma
> estaríamos dando un paso más contra la desigualdad de acceso a la
> información en la lucha por romper la brecha digital que separa a los que
> mas tienen de los que menos tienen.
>
> ---------------------------------
>
> A continuación transcribimos el proyecto aprobado:
>
>
> Visto:
>
> El proyecto de ley de los senadores Miguel Ángel Pichetto y Rubén
> Giustiniani que propone la implementación de un “Canon Digital”, tratado
> el 28 de junio en la Comisión de Legislación General del Senado;
>
> El proyecto de ley de la senadora Senadora Bortolozzi que propone la
> implementación de un “Canon Digital”;
>
> Considerando:
>
> Que el Canon Digital es un gravamen que se cobraría a todos los
> dispositivos que permiten realizar copias de contenido protegido por leyes
> de propiedad intelectual: CDs, DVDs, discos rígidos, escáneres,
> impresoras, celulares, memorias, etc;
>
> Que los gravámenes propuestos en el primer proyecto de los Vistos propone
> porcentajes de entre 5% y 75% sobre los precios de venta;
>
> Que los beneficios no son percibidos por los autores, sino por
> asociaciones privadas de gestión colectiva, como SADAIC, CAPIF, SAGAI,
> ARGENTORES, AADI, DAC;
>
> Que el gravamen se cobra en concepto de “remuneración por copia privada”;
>
> Que contempla las exigencias de las grandes empresas discográficas;
>
> Que los proyectos no contaron con participación ciudadana en su
> elaboración, fuera de la participación de las entidades privadas
> mencionadas o las empresas discográficas;
>
> Que las políticas de Canon Digital buscan perpetuar el modelo de negocios
> de las discográficas que monopolizan la distribución de obras musicales
> protegidas por propiedad intelectual, siendo que ya no proveen un servicio
> exclusivo (la copia material de las obras), sino que la tecnología actual
> provee de métodos de muy bajos costos para la copia y distribución de
> contenido digital, perjudicando los intereses de esas empresas;
>
> Que los dispositivos a los que aplica el gravamen tienen múltiples usos
> que exceden por mucho la copia de contenido protegido, incluyendo el uso
> para información personal como contenido en dominio público;
>
> Que la aplicación del gravamen es indiscriminada y afecta por igual a
> aquellos que realizan copias contenido protegido por leyes de propiedad
> intelectual como a quienes copian contenido no privativo;
>
> Que la legislación propuesta viola el derecho al ámbito privado,
> garantizado por la constitución nacional en su Art. 19: “Las acciones
> privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral
> pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y
> exentas de la autoridad de los magistrados”;
>
> Que amplía la brecha digital entre ricos y pobres, encareciendo insumos
> tecnológicos básicos y perjudicando directamente a los que menos recursos
> tienen;
>
> Que esta política va en dirección opuesta a la planteada en los programas
> de suministro de notebooks a estudiantes de escuelas secundarias para
> reducir la brecha digital;
>
> Que la reducción de la brecha tecnológica es una necesidad estratégica en
> cualquier plan de inclusión de la población y distribución del ingreso
> pensada a largo plazo, dado el rol central de que los nuevos desarrollos
> económicos tienen y tendrán en la cotidianeidad de la labor productiva, el
> acceso a la información y el desarrollo de la vida ciudadana en general;
>
> Que aún considerando legítima la actual legislación, el proyecto viola la
> presunción de inocencia, cobrando por adelantado un resarcimiento a
> quienes presuntamente pueden cometer un delito contra la propiedad;
>
> Que esta política produce un daño económico sobre los emprendimientos y
> desarrollos tecnológicos que se basan en los insumos gravados;
>
> Que no es aceptable una política de estado destinada a perpetuar los
> intereses de algunas empresas solo porque estas no pueden beneficiarse de
> las nuevas opciones tecnológicas de distribución de contenido;
>
> Que resulta indispensable la reformulación de la actual ley de copyright
> para adaptarla a las nuevas realidades tecnológicas permitiendo hacer uso
> de la copia y distribución de contenido digital sin perjuicio para los
> usuarios y garantizando el libre acceso al arte y la información;
>
> El Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
> resuelve:
>
> Art. 1: Manifestar su rechazo a los proyectos de implementación de un
> “Canon Digital” presentados en el senado;
>
> Art. 2: Solicitar al rectorado de la UBA que coordine la elaboración de
> una propuesta de nueva ley de copyright que contemple las nuevas
> realidades tecnológicas permitiendo la copia y distribución de contenido
> digital sin perjuicio para los usuarios y garantizando el libre acceso al
> arte y la información;
>
> Art. 3: Difúndase y archívese.
>
>
>
> --
> Frente de Estudiantes Movilizados
> (La Mella en exactas + No-Agrupados)
> Conducción del CECEN
> Mayoría Estudiantil en el Consejo Directivo
> http://www.elfem.com.ar
> festudiantesmovilizados en gmail.com
>
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