[Todos] [Todos QI] ¿Quieren habilitar el fraude en las elecciones de AGD 20 10?
rober
rober en qi.fcen.uba.ar
Jue Jun 10 17:33:39 ART 2010
Docentes de Exactas en la Lista 1 de AGD FCEN writes:
> ¿Quieren habilitar el fraude en las elecciones de AGD 2010?
-------------------------------------------------------------------
Siempre lo mismo cada dos años: el PCR acusa al PO de fraude en la
elecciones de la AGD.
Siempre los mismos nombres, una y otra vez, desde hace decadas, ...
De vez en cuando un PCR estudiante con suficiente chapa es aceptado
y pasa un nivel, para ser conducido por Morgenfeld.
Despues de la "eleccion", limaras asperezas y se presentaran
(juntos o separados) con el mismo programa en las elecciones de claustro,
para ser a la vez Autoridades del gremio y Autoridades de la facultad.
Por supuesto, se podra decir que la culpa de que todo se dirima entre 3 o 4
dirigentes del PCR y el PO es de aquellos que no se meten en el gremio. Y es
verdad. Pero no menos verdad es que la AGD en Exactas tiene menos de 200
afiliados (y hay 1500 docentes), asi que no hay mucho para elegir. ¿ Cual
será la razon de la baja participacion ? ¿ Será acaso que es casi
imposible discutir politica en forma no violenta con el PCR ? No, para nada.
Debe ser que el oficialismo prohibe a los docentes afiliarse a la AGD ...
si... debe ser eso ....
rober
Docentes de Exactas en la Lista 1 de AGD FCEN writes:
> Buenos Aires 8 de Junio de 2010
>
> ¿Quieren habilitar el fraude en las elecciones de AGD 2010?
>
> A diez días de la fecha prevista para el inicio del la elección de
> autoridades de la AGD, la Junta Electoral (controlada por las agrupaciones
> del PO y el PC), difundió digitalmente una resolución* que de ratificarse,
> pone en peligro la transparencia de las elecciones y compromete el futuro
> de nuestra Asociación.
>
> Esta resolución pretende modificar las condiciones en que se vienen
> realizando las elecciones de las Comisiones Directivas de AGD desde hace
> diez años en las cuales únicamente están habilitados para votar los
> docentes con cargo vigente al momento de la votación, tal como lo
> establece el Estatuto de la Asociación**.
>
> En su afán de mantener sus posiciones a cualquier precio, la conducción
> actual ahora busca introducir dos graves irregularidades:
>
> 1) Por un lado pretenden habilitar como afiliados y votantes a personas
> sin cargo docente en la UBA. Para eso invocan la figura de “creador
> universitario” que no existe ni en el Estatuto de la UBA ni en el de la
> AGD. En este sentido en su artículo 3 el estatuto de AGD claramente
> establece “Son afiliados a esta Asociación Sindical de trabajadores los
> docentes de cualquier categoría, regulares e interinos en actividad en la
> UBA y que hubieran solicitado su admisión suscribiendo la solicitud
> respectiva.-”. Más aún en su artículo 5 el estatuto de AGD es taxativo al
> definir claramente como causal de rechazo de la solicitud de afiliación“no
> desempeñarse como docente de la UBA”.
>
> 2) Por otro lado la Junta Electoral habilitaría para votar a quienes no
> figuren en el padrón general de docentes de la unidad académica con la
> sola presentación de “cualquier otro instrumento certificado por autoridad
> competente que certifique que el docente, investigador o creador
> universitario realiza tareas de docencia, investigación y/o creación en la
> Facultad y/o Unidad Académica respectiva”. Al no definir tampoco cual
> sería el instrumento ni la autoridad competente, se abre la puerta al
> fraude no sólo de la actual conducción sino de cualquier autoridad
> universitaria que expida cualquier certificado para la ocasión. Curándose
> en salud, la Junta Electoral introduce una nueva irregularidad
> inaplicable:“El voto emitido en esas condiciones (
) no podrá ser
> observado ni impugnado por esta situación.”
>
> Al pretender alterar el padrón de votantes habilitados 10 días antes del
> comicio violan los artículos 60 y 64 del estatuto: “En el caso de las
> elecciones de comisiones directivas por facultad o unidad académica
> equivalente pueden votar todos los docentes de la facultad, afiliados o
> no, para lo cual se utilizará el padrón general de docentes, el cual será
> elaborado por la Junta Electoral pudiendo reglamentar su confección.” “Los
> padrones electorales y las listas oficializadas por la Junta deberán
> encontrarse a disposición de los asociados en la sede social de AGD-UBA y
> en cada Unidad Académica treinta días antes de la fecha de la elección-”
>
> Si bien puede ser válida la discusión sobre la necesidad incorporar a los
> investigadores y/o becarios de la UBA a la AGD, para esto se debe reformar
> el estatuto definiendo claramente los alcances y los límites. De ninguna
> forma un cálculo electoral oportunista puede poner en riesgo la
> integridad, la seriedad y la democracia de la AGD alterando las reglas de
> juego diez días antes de las elecciones. Peor aún, de prosperar esta
> resolución, la AGD quedaría completamente vulnerable a la intromisión de
> las autoridades expendedoras de certificados. Esto resulta particularmente
> grave en el contexto de ahogo presupuestario, la pauperización salarial y
> las maniobras del gobierno y las autoridades universitarias para
> fragmentar y debilitar el movimiento docente.
>
> Desde la Lista 1 FRENTE DEMOCRACIA Y PROTAGONISMO DOCENTE exhortamos a la
> Junta Electoral formada por Sergio Szulman, Rocío Salgueiro y Adrián
> Pulleiro a ratificar o rectificar el acta difundida digitalmente. De ser
> ratificada o no hallar respuesta en 24hs. Nos reservamos el derecho a
> realizar todas las acciones correspondientes para defender la democracia y
> la autonomía de la AGD.
>
> Lista 1
> FRENTE DEMOCRACIA Y PROTAGONISMO DOCENTE
> Agrupación Bordó (FFyL)
> Corriente Nacional Protagonismo y Lucha (FIUBA)
> conCienciaCrítica (FCEN)
> Izquierda Socialista (UBA)
> Lista Violeta (FFyL)
> Movimiento Socialista de los Trabajadores (UBA)
> Movimiento Proyectar (FADU)
> Socialismo Libertario (UBA)
> _______________________________________________
> *
> ACTA
> En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los tres (3) días del mes de junio
> de dos mil diez (2010) se constituye la Junta Electoral contando con la
> presencia de todos sus integrantes.
> -------------------------------------------------------------------------------------------
>
> En el ejercicio de las facultades conferidas en el Estatuto de la
> Asociación Gremial Docente de la Universidad de Buenos Aires relativas a
> la dirección y reglamentación de todo lo concerniente al proceso
> electoral, la Junta observa que: ------------------------------
> A la fecha, y luego de sucesivas comunicaciones con las Facultades y/o
> Unidades Académicas no se ha producido la integración total de los
> padrones correspondientes a la planta de docentes, investigadores y
> creadores universitarios.------------------------------
> Que, en la gran mayoría de los casos no han sido remitido todos los
> padrones, y que en otros la empleadora – Universidad de Buenos Aires –
> contempla parcialmente el registro de la planta mencionada, por no
> comprender en la misma a aquellos trabajadores que se desempeñan en
> diversas modalidades de empleo y/o contratación.
> Que esta situación de precarización y flexibilización laboral no puede ser
> óbice de argumentos que limiten la participación de los docentes,
> investigadores y creadores universitarios, sean éstos, regulares,
> interinos, contratados o tercerizados, por lo que esta Junta Electoral
> resuelve:
> ----------------------------------------------------------------------------
>
> Primero: Los docentes, investigadores y creadores universitarios
> habilitados para sufragar en la elección de Comisiones Directivas serán
> todos los que se encuentren en el padrón enviado por la respectiva
> empleadora. --------------------------------------------------
> Segundo: En los casos en que no exista registro del docente, investigador
> y/o creador en el padrón remitido por la empleadora, se tomará en
> consideración: --------------------------
> a) el padrón de afiliados a la Asociación Gremial Docente de la Unidad
> Académica y/o Facultad respectiva;
> ---------------------------------------------------------------------------------
>
> b) cualquier otro instrumento certificado por autoridad competente que
> certifique que el docente, investigador o creador universitario realiza
> tareas de docencia, investigación y/o creación en la Facultad y/o Unidad
> Académica respectiva. -------------------------------
> A tales efectos en cada una de las mesas habilitadas se hallará a
> disposición el padrón de afiliados por Facultad y/o Unidad Académica para
> realizar el respectivo confronte y /o deberá presentar el docente,
> investigador o creador la documentación que lo acredite conforme se
> estipula en el punto b) de esta resolución. El voto emitido en esas
> condiciones tendrá la misma validez en todos los casos y no podrá ser
> observado ni impugnado por esta
> situación.----------------------------------------------------------------------
>
> No habiendo otras consideraciones que realizar, concluye la reunión de
> Junta Electoral.-
> Sergio Szulman
> Rocío Salgueiro
> Adrián Pulleiro
>
> __________________________________________________
> **
> ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN GREMIAL DOCENTE DE LA UBA
> http://www.agduba.org.ar/index.php?id=estatuto.php
>
> ARTICULO 3: “Son afiliados a esta Asociación Sindical de trabajadores los
> docentes de cualquier categoría, regulares e interinos en actividad en la
> UBA y que hubieran solicitado su admisión suscribiendo la solicitud
> respectiva.-”
> ARTICULO 5: “Son causales de rechazo de la solicitud de afiliación: (
)
> b) No desempeñarse como docente de la UBA.-”
> ARTICULO 64: “(
)Los padrones electorales y las listas oficializadas por
> la Junta deberán encontrarse a disposición de los asociados en la sede
> social de AGD-UBA y en cada Unidad Académica treinta días antes de la
> fecha de la elección-”
> ARTICULO 60: “En el caso de las elecciones de comisiones directivas por
> facultad o unidad académica equivalente pueden votar todos los docentes de
> la facultad, afiliados o no, para lo cual se utilizará el padrón general
> de docentes, el cual será elaborado por la Junta Electoral pudiendo
> reglamentar su confección. (
)”
>
>
>
Roberto Etchenique
Profesor Titular DP
DQIAyQF - FCEN - UBA
Más información sobre la lista de distribución Todos