[Todos] Informe Ambiental Parte I

AGD-Exactas dianaru en ege.fcen.uba.ar
Lun Mayo 29 12:35:18 ART 2006


INFORME AMBIENTAL  1ra. parte
MAYO 2006.
Informe de los resultados de la inspección de la SRT realizada en Marzo del 
2006 y de cómo las autoridades de la FCEN falsean las conclusiones de dicha 
inspección difundiendo mentiras (o verdades a medias, como quieran llamarlo).
Hacemos especial hincapié en el tema de Monitoreo de la calidad del aire 
porque lo consideramos un tema fundamental que las autoridades de la FCEN 
deberían resolver.

MONITOREO DE CALIDAD DEL AIRE
- La AGD denunció en el año 2003 y 2005.
“Por otro lado, la calidad del aire de la FCEN no está siendo estudiada 
según la gravedad de las denuncias y las pérdidas y olores químicos siguen 
siendo frecuentes en las aulas y pasillos de la FCEN. En la actualidad, 
este ítem está parcialmente cumplido (informe del Dr. Aliaga del 5/7/2005). 
Recordemos que la principal objeción de la SRT (Superintendencia de Riesgo 
en el Trabajo) y la AGD era que 15 minutos de exposición no era un tiempo 
suficiente para obtener datos válidos sobre una jornada laboral de 8 hs. 
diarias.
- Dice el decano en la página web de la FCEN en el 2006
“Cabe aclarar que los distintos monitoreos de solventes realizados a partir 
del año 1997 según las normas internacionales vigentes dieron siempre por 
debajo del límite de exposición permitido”.
- Dice la SRT en su última inspección en Marzo del 2006 (organismo de 
control externo contactado por la AGD en el 2003)
En el Pabellón 2 y en el Pabellón de Industrias se observaron las 
siguientes desviaciones:
“no se acreditan determinaciones periódicas de la calidad el aire de los 
ambientes de trabajo mencionados, Artículo 61, Capítulo 9 y Artículo 67, 
Capítulo 11, Anexo I y III, Decreto 351/79”. Parcialmente cumplido.


RESULTADOS TOTALES DE LA INSPECCIÓN DE LA SRT
Expte. 1381/04
Acta de Fiscalización
Acta No 1702 (27 de Marzo de 2006)

Referencias: Acta No 0316 y 317
Pabellón 2
Se observaron las siguientes desviaciones:
Parcialmente cumplido:
5-      falta de protecciones contra contactos eléctricos directos e 
indirectos como así también registros de mediciones de valores de 
resistencias de puesta a tierra de las masas que garanticen valores dentro 
del umbral límite de tensión y verificación de la continuidad del circuito, 
Artículo 95 y 96, Capítulo 14, Anexo I y Puntos 3.1 y 3.3.1, Anexo VI, 
Decreto 351/79 y Artículo 9º inciso d) Ley 19587,
7-      no se acreditan determinaciones periódicas de la calidad el aire de 
los ambientes de trabajo mencionados, Artículo 61, Capítulo 9 y Artículo 
67, Capítulo 11, Anexo I y III, Decreto 351/79,
9-      falta: estanterías incombustibles y reposición de las metálicas 
dañadas y/o apuntaladas de todos los drogueros, estudios de 
incompatibilidad de los productos acumulados, contención para eventuales 
derrames de productos químicos e inflamables, hojas de seguridad de los 
productos almacenados, separación entre residuos peligrosos y drogas 
depositadas, Artículo 44, Capítulo 5, Artículo 169, Capítulo 18, Artículo 
165, Capítulo 18, Artículo 145, Capítulo 17, Artículo 148, Capítulo 17 y 
Artículo 149, Capítulo 17, Anexo I, Decreto 351/79 y Artículo 8 inciso a) y 
9 inciso b), ley 19587,
18- adecuar los cableados eléctricos no contenidos adecuadamente o con 
conductores sin doble aislación. Artículos 95 y 96, Capitulo 14, Anexo I, 
Decreto 351/79,

Referencias: Acta No 0319
Pabellón de Industrias
Se observaron las siguientes desviaciones:
Parcialmente cumplido:
1-      falta de funcionamiento total de sistema de ventilación forzada del 
Pabellón de Industrias, estando los laboratorios vinculados entre sí en 
cada nivel a través de los cielorrasos lo que facilita la difusión de 
contaminantes entre laboratorios y pasillos. Artículos 65 a 67, Capítulo 
11, Anexo I, Decreto 351/79 y Artículos 8 inciso a) y 9 inciso c) Ley 19587,
2-      no se acreditan determinaciones periódicas de calidad del aire de 
los ambientes de trabajo mencionados, Artículo 61, Capítulo 9, Artículo 67, 
Capítulo 11, Anexo I y III, Decreto 351/79,
3- falta completar las adecuaciones a fin de garantizar el correcto 
funcionamiento de las campanas y extractores de aire de todos los 
laboratorios. Artículos 64 al 70, Capítulo 11, Anexo I, Decreto 351/79 y 
Artículo 8, inciso a) y Artículo 9, inciso c), Ley 19587,
5-      falta implementar duchas y lavaojos de seguridad de acuerdo a los 
riesgos de los puestos de trabajo. Artículo 9, inciso i) Ley 19587,
9- falta protecciones contra contactos eléctricos directos e indirectos 
como así también registros de mediciones de resistencias de puesta a tierra 
y de continuidad del circuito y masas. Artículos 95 y 96, Capítulo 14, 
Anexo I y Puntos 3.1 y 3.3.1, Anexo VI, Decreto 351/79 y Artículo 9, inciso 
d) Ley 19587,
11- no se acredita plan anual de capacitación de los trabajadores que 
incluyan riesgos específicos y generales como así también la entrega de 
normas y procedimientos para trabajos seguros. Artículos 208, 209, 211 y 
213, Capítulo 21, Anexo I, Decreto 351/79 y Artículo 8, inciso d) Ley 19587,

NO CUMPLIDOS
4-      no se registran acciones de puesta en práctica de evacuaciones, 
simulacros y/o planes de emergencias acordes a las necesidades y de los 
riesgos de los sectores involucrados. Artículo 145, Capítulo 17, Artículo 
160, Capítulo 18, Anexo I, Decreto 351/79, (no cumplido).
7- no se acreditan las pruebas y/o ensayos que certifiquen el buen estado 
de conservación y mantenimiento de los recipientes sometidos a presión de 
caldera, pulmones de aire de compresores y autoclaves. Artículos 138, 141, 
Capítulo 16, Anexo I, Decreto 351/79 y Artículo 9º, inciso b), Ley 19587, 
(no cumplido).
17-     adecuar medidas a fin de limitar riesgos de la caldera en virtud de 
compartir el mismo ambiente con la planta piloto. Artículo 44, Capítulo 5, 
Decreto 351/79 y Artículo 28, inciso h) Decreto 170/96, Artículo 8, inciso 
a) Ley 19587. (no cumplido)



Referencias: Acta No 0321
Pabellón Nro. 1
Se observaron las siguientes desviaciones:
Parcialmente cumplido:
5- falta de protecciones contra contactos directos e indirectos en 
instalaciones en general, tableros secundarios y tablero eléctrico 
principal (en especial el espacio de trabajo para el tablero de telefonía) 
como así también registros de mediciones de valores de puestas a tierra de 
las masas que garanticen a su vez la continuidad de los circuitos. 
Artículos 95 y 96, Capítulo 14, Anexo I y puntos 3.1 y .3.3.1 Anexo VI, 
Decreto 351/79 y Artículo 9º, inciso d) Ley 19587,
14- falta adecuar a normas los cableados eléctricos no contenidos 
adecuadamente y sin doble aislación, Artículo 95 y 96, Capítulo 14, Anexo 
I, Decreto 351/79,

Referencias: Acta No 0323/1
Fiscalización general de los pabellones 1, 2 e industrias
- se observaron las siguientes desviaciones:
Parcialmente cumplido:
4- falta adecuar instalaciones a fin de garantizar el escurrimiento de los 
efluentes de laboratorios y drogueros, con una evacuación canalizada a fin 
de evitar riesgos de contaminación, Artículo 59, Capítulo 7, Anexo I, 
Decreto 351/79.

“Exigimos la urgente solución de los ítems anteriores ya que, la no 
solución de los mismos, compromete seriamente la salud de los trabajadores 
de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la UBA”

“Exigimos al Sr. Decano Jorge Aliaga la continuidad de la “comisión de 
seguimiento” (AGD, CECEN, No docentes) para trabajar los temas 
anteriormente expuestos. Comisión conformada en el año 2003 y disuelta en 
el 2004 por el exdecano Pablo Jacovkis.”

ASOCIACIÓN GREMIAL DOCENTE  EXACTAS
CONADUH - CTA
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