[Todos] Informe Ambiental Parte I
AGD-Exactas
dianaru en ege.fcen.uba.ar
Lun Mayo 29 12:35:18 ART 2006
INFORME AMBIENTAL 1ra. parte
MAYO 2006.
Informe de los resultados de la inspección de la SRT realizada en Marzo del
2006 y de cómo las autoridades de la FCEN falsean las conclusiones de dicha
inspección difundiendo mentiras (o verdades a medias, como quieran llamarlo).
Hacemos especial hincapié en el tema de Monitoreo de la calidad del aire
porque lo consideramos un tema fundamental que las autoridades de la FCEN
deberían resolver.
MONITOREO DE CALIDAD DEL AIRE
- La AGD denunció en el año 2003 y 2005.
“Por otro lado, la calidad del aire de la FCEN no está siendo estudiada
según la gravedad de las denuncias y las pérdidas y olores químicos siguen
siendo frecuentes en las aulas y pasillos de la FCEN. En la actualidad,
este ítem está parcialmente cumplido (informe del Dr. Aliaga del 5/7/2005).
Recordemos que la principal objeción de la SRT (Superintendencia de Riesgo
en el Trabajo) y la AGD era que 15 minutos de exposición no era un tiempo
suficiente para obtener datos válidos sobre una jornada laboral de 8 hs.
diarias.
- Dice el decano en la página web de la FCEN en el 2006
“Cabe aclarar que los distintos monitoreos de solventes realizados a partir
del año 1997 según las normas internacionales vigentes dieron siempre por
debajo del límite de exposición permitido”.
- Dice la SRT en su última inspección en Marzo del 2006 (organismo de
control externo contactado por la AGD en el 2003)
En el Pabellón 2 y en el Pabellón de Industrias se observaron las
siguientes desviaciones:
“no se acreditan determinaciones periódicas de la calidad el aire de los
ambientes de trabajo mencionados, Artículo 61, Capítulo 9 y Artículo 67,
Capítulo 11, Anexo I y III, Decreto 351/79”. Parcialmente cumplido.
RESULTADOS TOTALES DE LA INSPECCIÓN DE LA SRT
Expte. 1381/04
Acta de Fiscalización
Acta No 1702 (27 de Marzo de 2006)
Referencias: Acta No 0316 y 317
Pabellón 2
Se observaron las siguientes desviaciones:
Parcialmente cumplido:
5- falta de protecciones contra contactos eléctricos directos e
indirectos como así también registros de mediciones de valores de
resistencias de puesta a tierra de las masas que garanticen valores dentro
del umbral límite de tensión y verificación de la continuidad del circuito,
Artículo 95 y 96, Capítulo 14, Anexo I y Puntos 3.1 y 3.3.1, Anexo VI,
Decreto 351/79 y Artículo 9º inciso d) Ley 19587,
7- no se acreditan determinaciones periódicas de la calidad el aire de
los ambientes de trabajo mencionados, Artículo 61, Capítulo 9 y Artículo
67, Capítulo 11, Anexo I y III, Decreto 351/79,
9- falta: estanterías incombustibles y reposición de las metálicas
dañadas y/o apuntaladas de todos los drogueros, estudios de
incompatibilidad de los productos acumulados, contención para eventuales
derrames de productos químicos e inflamables, hojas de seguridad de los
productos almacenados, separación entre residuos peligrosos y drogas
depositadas, Artículo 44, Capítulo 5, Artículo 169, Capítulo 18, Artículo
165, Capítulo 18, Artículo 145, Capítulo 17, Artículo 148, Capítulo 17 y
Artículo 149, Capítulo 17, Anexo I, Decreto 351/79 y Artículo 8 inciso a) y
9 inciso b), ley 19587,
18- adecuar los cableados eléctricos no contenidos adecuadamente o con
conductores sin doble aislación. Artículos 95 y 96, Capitulo 14, Anexo I,
Decreto 351/79,
Referencias: Acta No 0319
Pabellón de Industrias
Se observaron las siguientes desviaciones:
Parcialmente cumplido:
1- falta de funcionamiento total de sistema de ventilación forzada del
Pabellón de Industrias, estando los laboratorios vinculados entre sí en
cada nivel a través de los cielorrasos lo que facilita la difusión de
contaminantes entre laboratorios y pasillos. Artículos 65 a 67, Capítulo
11, Anexo I, Decreto 351/79 y Artículos 8 inciso a) y 9 inciso c) Ley 19587,
2- no se acreditan determinaciones periódicas de calidad del aire de
los ambientes de trabajo mencionados, Artículo 61, Capítulo 9, Artículo 67,
Capítulo 11, Anexo I y III, Decreto 351/79,
3- falta completar las adecuaciones a fin de garantizar el correcto
funcionamiento de las campanas y extractores de aire de todos los
laboratorios. Artículos 64 al 70, Capítulo 11, Anexo I, Decreto 351/79 y
Artículo 8, inciso a) y Artículo 9, inciso c), Ley 19587,
5- falta implementar duchas y lavaojos de seguridad de acuerdo a los
riesgos de los puestos de trabajo. Artículo 9, inciso i) Ley 19587,
9- falta protecciones contra contactos eléctricos directos e indirectos
como así también registros de mediciones de resistencias de puesta a tierra
y de continuidad del circuito y masas. Artículos 95 y 96, Capítulo 14,
Anexo I y Puntos 3.1 y 3.3.1, Anexo VI, Decreto 351/79 y Artículo 9, inciso
d) Ley 19587,
11- no se acredita plan anual de capacitación de los trabajadores que
incluyan riesgos específicos y generales como así también la entrega de
normas y procedimientos para trabajos seguros. Artículos 208, 209, 211 y
213, Capítulo 21, Anexo I, Decreto 351/79 y Artículo 8, inciso d) Ley 19587,
NO CUMPLIDOS
4- no se registran acciones de puesta en práctica de evacuaciones,
simulacros y/o planes de emergencias acordes a las necesidades y de los
riesgos de los sectores involucrados. Artículo 145, Capítulo 17, Artículo
160, Capítulo 18, Anexo I, Decreto 351/79, (no cumplido).
7- no se acreditan las pruebas y/o ensayos que certifiquen el buen estado
de conservación y mantenimiento de los recipientes sometidos a presión de
caldera, pulmones de aire de compresores y autoclaves. Artículos 138, 141,
Capítulo 16, Anexo I, Decreto 351/79 y Artículo 9º, inciso b), Ley 19587,
(no cumplido).
17- adecuar medidas a fin de limitar riesgos de la caldera en virtud de
compartir el mismo ambiente con la planta piloto. Artículo 44, Capítulo 5,
Decreto 351/79 y Artículo 28, inciso h) Decreto 170/96, Artículo 8, inciso
a) Ley 19587. (no cumplido)
Referencias: Acta No 0321
Pabellón Nro. 1
Se observaron las siguientes desviaciones:
Parcialmente cumplido:
5- falta de protecciones contra contactos directos e indirectos en
instalaciones en general, tableros secundarios y tablero eléctrico
principal (en especial el espacio de trabajo para el tablero de telefonía)
como así también registros de mediciones de valores de puestas a tierra de
las masas que garanticen a su vez la continuidad de los circuitos.
Artículos 95 y 96, Capítulo 14, Anexo I y puntos 3.1 y .3.3.1 Anexo VI,
Decreto 351/79 y Artículo 9º, inciso d) Ley 19587,
14- falta adecuar a normas los cableados eléctricos no contenidos
adecuadamente y sin doble aislación, Artículo 95 y 96, Capítulo 14, Anexo
I, Decreto 351/79,
Referencias: Acta No 0323/1
Fiscalización general de los pabellones 1, 2 e industrias
- se observaron las siguientes desviaciones:
Parcialmente cumplido:
4- falta adecuar instalaciones a fin de garantizar el escurrimiento de los
efluentes de laboratorios y drogueros, con una evacuación canalizada a fin
de evitar riesgos de contaminación, Artículo 59, Capítulo 7, Anexo I,
Decreto 351/79.
“Exigimos la urgente solución de los ítems anteriores ya que, la no
solución de los mismos, compromete seriamente la salud de los trabajadores
de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la UBA”
“Exigimos al Sr. Decano Jorge Aliaga la continuidad de la “comisión de
seguimiento” (AGD, CECEN, No docentes) para trabajar los temas
anteriormente expuestos. Comisión conformada en el año 2003 y disuelta en
el 2004 por el exdecano Pablo Jacovkis.”
ASOCIACIÓN GREMIAL DOCENTE EXACTAS
CONADUH - CTA
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