Hola. Tengo una duda que me aqueja desde hace unos días y quisiera ver si alguno de ustedes puede ayudarme.<br>Según el Artículo 3 de Reglamento General Electoral para Graduados, aprobado en la Resolución (CS) 1702/03, se debe entregar el formulario de empadronamiento para el claustro de graduados junto con los papeles para iniciar los tramites del titulo.<br>
En otras palabras, cuando empezamos los trámites del titulo de licenciado deberían entregarnos el formulario de empadronamiento.<br>En estos días estuve hablando con algunos graduados recientes y parece que esto no se esta cumpliendo, de hecho muchos de los graduados no saben lo que es el empadronamiento. Me parece que es una lástima porque el resultado de esto es que hay un montón de graduados que no están empadronados, y de esta manera se limita y restringe la masa de votantes que son el fundamento de la democracia representativa que se adopta actualmente en esta facultad.<br>
Por este motivo quería preguntar si alguien sabe cuál es el órgano que vela por el cumplimiento de las resoluciones o a quien se le puede reclamar por el cumplimiento de esto. Alguna idea?<br><br>Saludos, sebi<br><br>La resolución a la que hago mención se puede bajar de:<br>
<br><a href="http://exactas.uba.ar/perfiles/display.php?estructura=4&desarrollo=0&id_caja=209&nivel_caja=2&id_perfil=4">http://exactas.uba.ar/perfiles/display.php?estructura=4&desarrollo=0&id_caja=209&nivel_caja=2&id_perfil=4</a><br>
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