[Todos] Una victoria contra un régimen de inestabilidad laboral

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Mie Feb 27 10:51:17 -03 2019


UNA VICTORIA CONTRA UN RÉGIMEN DE INNESTABILIDAD LABORAL

El día 25 de febrero, se discutió en el Consejo Directivo de la FCEyN la 
aprobación de un concurso de JTP de dedicación exclusiva del 
Departamento de Química Inorgánica, Analítica y Química Física. Como 
había advertido en una declaración de la AGD ese mismo lunes, se trataba 
de un caso complejo por las particularidades que presentaba.

El llamado a concurso de JTP exclusiva se realizó a la par de un 
concurso de JTP simple del mismo departamento. A pesar de actuar el 
mismo jurado en ambos, se trataba de concursos distintos por lo cual 
fueron tratados por separado por el consejo directivo.

Una vez realizados, uno de los concursantes del concurso de JTP simple 
realizó un pedido de impugnación del mismo. Cuando se trataron ambos 
expedientes en la comisión de concursos del Consejo Directivo, algunos 
representantes del claustro de profesores y de la mayoría del claustro 
de graduados plantearon que era necesario dar lugar a la impugnación y 
anular el concurso de dedicación simple. A su vez, planteaban que como 
ambos concursos habían sido realizados en paralelo y el jurado había 
actuado con criterios similares, se debía anular también el concurso de 
dedicación exclusiva. Vale aclarar que este último no presentaba ninguna 
impugnación.

Los argumentos por la anulación del concurso simple se basaban en que el 
mismo contenía errores de forma que constituían una expresión de 
arbitrariedad. Estos errores consistían en un criterio poco claro para 
contabilizar antecedentes científicos reforzados por una ampliación de 
dictamen que no era esclarecedora sobre el punto. Además, manifestaban 
que antecedentes de divulgación habían sido contabilizados erróneamente 
como antecedentes profesionales, lo cual para los que defendían la 
anulación del concurso, cometía un hecho grave que no podían dejar 
pasar.

En este punto, los representantes de la minoría de graduados presentes 
en las comisiones y miembros de la AGD que participaron del debate, 
demostramos que esa arbitrariedad no existía en el caso del concurso de 
JTP exclusiva. Primero, porque los posibles errores que se pudieran 
haber cometido al contabilizar los antecedentes científicos en el 
concurso de dedicación simple no se expresaban en el concurso de 
dedicación exclusiva, lo cual en concreto implicaba que no hubiera 
arbitrariedad. Segundo, porque si bien los antecedentes en divulgación 
podían estar mal contabilizados, en ningún caso favorecían a ninguna de 
las cuatro concursantes que habían ganado el concurso.

Pero además fundamentamos que la anulación del concurso de JTP 
exclusiva, donde ningún concursante había presentado impugnaciones, 
ponía en peligro la continuidad laboral de dos de las cuatro 
concursantes que sólo cuentan con el cargo de JTP de dedicación 
exclusiva porque no poseen cargos de investigación en CONICET. Estas dos 
docentes poseen una amplia trayectoria en el DQIAQF, son idóneas para el 
cargo que concursaron y así lo demostraron en el concurso, en el cual 
reiteramos, no se vieron favorecidas de ninguna manera por el criterio 
aplicado por el jurado.

Finalmente, de la comisión de concursos salieron dos despachos sobre el 
concurso: uno por su aprobación firmado por la minoría de graduados 
(Graduados al Frente) y el claustro de profesores; y uno por su 
anulación (Sumatoria).

Durante el debate sobre el punto en la sesión del consejo directivo del 
26 de febrero, el consejero de la minoría de graduados (Graduados al 
Frente) defendió la aprobación del concurso con los mismos argumentos 
que habíamos planteado en la comisión de concursos. En términos 
similares se expresaron algunos consejeros del claustro de profesores 
para adelantar su voto por la aprobación. Sin embargo, los consejeros de 
Sumatoria (mayoría del claustro de graduados), luego de una pobrísima 
explicación que duró segundos, manifestaron que iban a inclinarse por 
anular ambos concursos, sin contemplar las claras diferencias entre 
ambos.

El papel del FEM/Participación Docente y La Cámpora

Habiendo llegado a esa instancia del debate, donde los votos de la 
mayoría y la minoría estudiantil eran decisivos, los consejeros del 
FEM-La Mella de la minoría estudiantil (Participación Docente en AGD y 
Participación en graduados) manifestaron que como no habían llegado a 
leer el expediente (que se está discutiendo hace por lo menos cuatro 
meses) iban a pedir que volviera a comisión o iban a abstenerse de 
votar.

Esta posición –que sólo favoreció la posible anulación del concurso– no 
puede dejar de denunciarse, puesto que la mayoría estudiantil del FEM-La 
Mella, estaban al tanto del caso que se había discutido en la reunión de 
comisión interna de AGD FCEyN, donde tienen la representación por la 
minoría.

Por el lado de la minoría estudiantil, el consejero de La Cámpora actuó 
nuevamente como furgón de cola del claustro de profesores y en un papel 
lamentable ni siquiera fundamentó su abstención de votar.

En una situación como ésta donde estaba en juego la continuidad laboral 
de dos docentes idóneas y con antigüedad en el departamento, estos 
consejeros demostraron su total desinterés e  irresponsabilidad a la 
hora de la votación.

El regimen de concursos y la necesidad de que se aplique el CCT

Finalmente, el concurso se aprobó con 5 votos a favor (el de Graduados 
al Frente y una parte del claustro de profesores) y 3 votos en contra 
(Sumatoria). Entendemos que su aprobación no fue fruto del azar, sino 
más bien de la campaña llevada a cabo por la AGD y la participación de 
sus miembros en las comisiones de concursos defendiendo la continuidad 
laboral de las docentes que habían concursado. impidiendo que se llevara 
adelante una arbitrariedad de estas características.

Como conclusión, manifestamos nuevamente que estas situaciones de 
arbitrariedad son producto del actual régimen de concursos, que colocan 
a los docentes auxiliares en una situación periódica de revalidación de 
sus puestos de trabajo pues de otra forma son despedidos y constituyen 
una fuente de inestabilidad laboral. Cabe recordar que la Universidad de 
Buenos Aires sigue sin aplicar el Convenio Colectivo de Trabajo (ley 
aprobada en Julio del 2015) que, entre otras cosas, garantiza la 
estabilidad laboral a docentes universitarios [1]

En esta época de ajuste, aumentos de salario a la baja y precarización 
laboral, es hora que de una vez por todas se de un verdadero debate para 
implementar el Convenio Colectivo de Trabajo que garantice la 
estabilidad laboral para todos los docentes de la FCEyN y de la UBA.

[1] http://agduba.org.ar/convenio-colectivo/

-- 
El Transformador
Docentes, investigadores/as y graduados/as FCEyN


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