[Todos] A favor de la Ley de Medios
Sumatoria - Graduados de Exactas
sumatoria en de.fcen.uba.ar
Lun Jun 28 16:29:29 ART 2010
En la sesión del día 20 de abril, el Consejo Directivo aprobó, con el voto
positivo de la mayoría de estudiantes (FEM), la mayoría de graduados
(SUMATORIA) y el claustro de profesores (ADU), la Resolución 931/10 (la
copiamos abajo) en la cual manifestaba su preocupación por el fallo
judicial que imposibilitaba la aplicación de la Ley de Medios
Audiovisuales sancionada por el Congreso de la Nación.
Las razones por las que desde SUMATORIA habíamos impulsado la declaración
por parte del CD están explicitadas en los considerandos del proyecto. En
resumen, creemos que esta ley representa una expresión realmente plural
que golpea duramente a los monopolios del sector audiovisual, avanzando en
la democratización de la información. Además de esto, es importante
destacar que esta ley incorpora a las Universidades Nacionales como
importantes actores del sector audiovisual, colocándonos en una situación
de responsabilidad que siempre hemos reclamado.
El 15 de junio, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad,
comenzó a andar el camino para revertir esta preocupante situación
generada por sectores de la derecha más reaccionaria, pero este asunto no
está resuelto ya que existen aun más amparos judiciales que imposibilitan
la puesta en marcha de esta ley de la democracia. El viernes 25 de junio,
la Cámara Federal salteña acogió el criterio con el que la Corte Suprema
nacional revocó el fallo de la justicia mendocina, que también suspendía
la norma.
Los fallos de la Corte Suprema y de la Cámara Federal Salteña son
auspiciosos y abren una situación que consideramos muy positiva, esperamos
que todos los sectores comprometidos con la democracia sigamos
construyendo, cada uno desde nuestros lugares, el país que merecemos.
Un afectuoso saludo
--
SUMATORIA
Mayoría de Graduados en el CD de la FCEN
Proyecto aprobado por el CD
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Visto
Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual aprobada por amplia
mayoría en ambas cámaras del Congreso de la Nación,
El fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza que confirma el
fallo de primera instancia que, mediante una medida cautelar, dispuso la
suspensión de la Ley 26.522 y
Considerando
Que la libertad de expresarse, opinar e informarse es fundamental para el
desarrollo de los pueblos, y para mantener y fortalecer la identidad y
diversidad cultural, a las que se debe respetar para alcanzar una plena
convivencia entre las naciones americanas,
Que la nueva Ley es producto de un extenso proceso de debate y
construcción de las bases mismas de la sociedad abarcando todo el
territorio nacional, del que participaron organismos de derechos humanos,
las Universidades Nacionales y sus Carreras de Comunicación o Ciencias de
la Información o Periodismo, los gremios de trabajadores de la
comunicación, el movimiento Cooperativo, radios comunitarias y de pequeños
y medianas empresas y de numerosos movimientos sociales, constituyéndola
en una genuina expresión de la democracia,
Que la nueva Ley realza la figura de las Universidades Nacionales como
licenciatarias y les otorga un lugar de importancia en las distintas
instancias de control,
Que la nueva Ley, aprobada acorde a las múltiples instancias democráticas
contempladas en la Constitución Argentina, reemplaza una norma vigente
instalada durante la última dictadura militar (1976-1983) y confirma un
reclamo que la sociedad civil había presentado a todos los gobiernos
democráticos desde entonces,
Que la promulgación de esta Ley constituye un avance notable en relación a
la representación popular sobre las corporaciones económicas y señala la
presencia de una movilización social diversa y profunda como limitadora de
los lobbies del poder corporativo,
Que la suspensión de la ley constituye un atropello a la vida democrática
perpetrado por jueces ligados a los sectores monopólicos del área de
servicios audiovisuales del país,
El Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Resuelve:
Art. 1.- Ratificar su firme compromiso con la plena aplicación de la ley
26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Art. 2.- Exhortar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a que
garantice la aplicación de esta ley.
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