[Todos] Ministra G. Ocaña - Resolución Importante
Políticas de Estado
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Lun Abr 21 17:02:14 ART 2008
*Grupo de Gestión de Políticas de Estado en Ciencia y Tecnología (CyT) *
*Con la adhesión de más de 1.600 Personas y 89 Instituciones (ver
en www.saic.org.ar , difusión, política científica, propuesta de política de
Estado en CyT).*
*** *
* Graciela Ocaña
El 8 de abril de 2008 solicitamos una entrevista a la ministra de salud,
Lic. Graciela Ocaña, con el objetivo de informarnos e intercambiar opiniones
acerca de medidas a implementar en la Producción Pública de Medicamentos y
vacunas (PPMV), así como en las políticas a implementar para erradicar el
mal de Chagas.
Estamos a la espera de una respuesta de la Lic Ocaña.
*
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*** *
*Resolución importante para Medicamentos, Vacunas y Productos Médicos*
El 9 de abril de 2008 salió una *Resolución* del Ministerio de Salud de la
Nación *firmada por la ministra Graciela Ocaña* en donde se crea el Programa
para la Producción Pública de Medicamentos, Vacunas y Productos Médicos. La
Resolución, que lleva el Nº 286/2008, fue *publicada en el Boletín Oficial
el 14-04-08*.
La Resolución *es muy importante* porque:
*1.-* Define al medicamento y productos médicos como un bien social.
**
*2.-* Deja establecido que la inaccesibilidad, la inequidad y el
desabastecimiento de medicamentos y productos médicos, aunque menor que en
épocas anteriores, merece un tratamiento *ESTRUCTURAL* que tienda a ofrecer
soluciones sustentables temporal y políticamente.
**
*3.-* Plantea la magnitud del problema y manifiesta que corresponde dar un
marco *ESTRATÉGICO* adecuado y formal a la Producción Pública de
Medicamentos, Vacunas y Productos Médicos.
*4.-* El Programa para Producción Pública de Medicamentos, Vacunas y
Productos Médicos *ya tiene fondos asignados*.
Teniendo en cuenta que la Resolución 286/2008 ha renovado esperanzas en
amplios sectores de Salud/CyT, esperamos que la Lic Ocaña *pueda
recibirnos* para
poder conocer más en detalle la envergadura y alcance del
proyecto, la dinámica que va a tener, las Instituciones que van a participar
y quién, o quiénes, lo van a dirigir, entre otras cosas.
A continuación, el *texto completo* de la Resolución:
Bs. As., 9/4/2008 -
Resolución 286/2008 - MINISTERIO DE SALUD
Creáse el Programa Nacional para la Producción Pública de Medicamentos,
Vacunas y Productos Médicos
(*Publicada en el Boletín Oficial de 14 de Abril de 2008, **Número: 31383, *
*Página: 11)*
**
*Objetivos.*
VISTO el expediente Nº 2002-3016/08-2 del registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que, la crisis económica vivida en el país en los años 2000/2001 ha
impactado en la economía general, pero muy especialmente en la producción,
distribución y acceso de medicamentos y productos médicos.
Que, las acciones promovidas en los años posteriores han dado impulso a
políticas tendientes a disminuir la inaccesibilidad, inequidad y el
desabastecimiento de estos productos.
Que, tal situación, si bien ha sido morigerada sustantivamente, merece
acciones directas, de tipo estructurales y tiendan a ofrecer soluciones
sustentables temporal y políticamente.
Que, como corolario de las medidas impulsadas, corresponde dar un marco
estratégico adecuado y formal a la producción pública de medicamentos y
productos médicos.
Que, de tal forma, entendiendo que los medicamentos resultan ser un bien de
carácter social que contribuye, indudablemente, a la mejora general de la
salud, resulta menester crear un Programa que tienda a encaminar los esfuerzos
individuales y dispersos.
Que, el citado Programa deberá tener a su cargo, entre otras actividades,
las de relevar las necesidades de medicamentos a nivel nacional, manteniendo
un registro de los laboratorios productores, llevando adelante las
actividades de coordinación entre los múltiples actores involucrados.
Que, de igual forma, deberá establecer las líneas productivas de mayor
impacto estratégico y de mejor posibilidad de utilización de los recursos
públicos afectados.
Que, todos los argumentos mencionados hacen necesario que este Ministerio
considere la necesidad, debido a las múltiples y variadas acciones
propiciadas, de generar bajo la dependencia directa de la suscripta una
Coordinación para el correcto funcionamiento del mencionado Programa.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha
tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios.
Por ello, LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE:
*Artículo 1º *— Créase en ámbito del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION y bajo
dependencia directa de su Titular, el PROGRAMA NACIONAL PARA LA PRODUCCION
PUBLICA DE MEDICAMENTOS, VACUNAS Y PRODUCTOS MEDICOS.
*Art. 2º *— El Programa creado por el artículo anterior tendrá entre sus
objetivos prioritarios los siguientes:
a) Relevar las necesidades de medicamentos: considerando los principios
activos y cantidades.
b) Censar y registrar los Laboratorios de Producción Pública de Medicamentos:
para el caso deberán atender su situación real de funcionamiento,
capacidades instaladas y sus condiciones registrales.
c) Coordinar con la autoridad competente la actualización de las normas y
condiciones de aplicación para los Laboratorios de Producción Pública de
Medicamentos.
d) Definir líneas estratégicas de producción.
e) Establecer los vínculos Interministeriales para la mejora de los índices
de producción e intercambio de conocimientos y herramientas adecuadas para
evitar la superposición de producción, impactando así en la eficiencia y la
aplicación de los recursos.
f) Facilitar herramientas de gestión, a los fines de posibilitar una mejor
utilización de los recursos disponibles en cada ámbito institucional.
*Art. 3º *— Créase la Coordinación del PROGRAMA NACIONAL PARA LA PRODUCCION
PUBLICA DE MEDICAMENTOS, VACUNAS Y PRODUCTOS MEDICOS la que funcionará bajo
dependencia directa de la Unidad Ministro, y con expresas indicaciones de su
Titular.
*Art. 4º *— La Coordinación creada por el artículo anterior, tendrá entre
otras que podrán ser determinadas oportunamente, las siguientes funciones:
a) Delinear, desarrollar las bases operativas del PROGRAMA NACIONAL PARA LA
PRODUCCION PUBLICA DE MEDICAMENTOS, VACUNAS Y PRODUCTOS MEDICOS.
b) Impulsar las acciones para evitar la superposición de las líneas de
producción.
c) Desarrollar las medidas de impacto para mejorar la calidad, eficiencia,
eficacia y optimización de los recursos asignados a la tarea.
d) Implementar el Registro de Laboratorios de Producción Pública de
Medicamentos, vacunas y productos médicos.
e) Asegurar y monitorear el cumplimiento de las Buenas Prácticas de
Producción, en los Laboratorios de Producción Pública de Medicamentos,
Vacunas y Productos Médicos.
f) Establecer los lineamientos tendientes a asegurar la calidad,
accesibilidad, universalidad y trazabilidad de los productos de fabricación
y producción pública.
g) Proponer mecanismos tendientes a garantizar la adquisición, por parte del
Estado Nacional y los Estados Provinciales, de los productos que los
laboratorios integrantes de Programa generen.
h) Toda otra tarea que le sea encomendada para garantizar el éxito del
Programa.
*Art. 5º *— El PROGRAMA NACIONAL PARA LA PRODUCCION PUBLICA DE MEDICAMENTOS,
VACUNAS Y PRODUCTOS MEDICOS será solventado con las partidas específicas
correspondientes a la Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo a lo
establecido por el Presupuesto general para la Administración Pública
Nacional.
*Art. 6º *— Regístrese, comuníquese, publíquese y dése a la Dirección
Nacional de Registro Oficial. Cumplido archívese.
*- María G. Ocaña*
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*Este texto se difunde a:* Presidencia de la Nación, Jefatura de Gabinete,
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Universidades Nacionales, ONG, Laboratorios de PPMV, etc)
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